La reforma de la Ley de Sociedades del año 2003, la nueva Ley concursal, la Ley de Transparencia y el Código de Buen Gobierno significan una mayor vigilancia sobre las decisiones adoptadas por los gestores y administradores de las empresas, y supone un aumento del régimen de responsabilidad de los cargos y propietarios de estas empresas.
De hecho, la legislación actual ya obliga a los Administradores, Consejeros y Directivos de cualquier Sociedad a responder, incluido en su patrimonio personal, de los daños y perjuicios causados a terceros, los accionistas / socios oa la propia sociedad por las decisiones de gestión que se tomen.
Este régimen de responsabilidad afecta tanto a las Sociedad Anónimas (art. 133 a 135 de la LSA), a las Sociedades Limitadas (art. 69 Ley 2 / 95), las Cooperativas (art.43 Ley 27/99, las Fundaciones (arte .17 Ley 20/02), y entidades deportivas (art.142-148 Decreto 58/2010).
Propuesta para empresas que:
Su facturación sea menor de 3.000.000 €
Su actividad no esté relacionada con: tabaco, banca, seguros, biotecnología / farmacia, construcción y promoción inmobiliaria y telecomunicaciones.
No haya tenido reclamaciones ni conocimiento de alguna circunstancia o incidente que pueda dar lugar a futuras reclamaciones
Límite Prima neta
600.000,00 € 500,00 €
1.000.000,00 € 750,00 €
1.500.000,00€ 1000,00€
2.000.000,00€ 1400,00€